{"id":21914,"date":"2020-02-24T16:27:10","date_gmt":"2020-02-24T15:27:10","guid":{"rendered":"https:\/\/www.inurabogados.es\/?p=21914"},"modified":"2020-02-24T16:27:49","modified_gmt":"2020-02-24T15:27:49","slug":"gestiones-tipos-de-contrato-compraventa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.inurabogados.es\/en\/gestiones-tipos-de-contrato-compraventa\/","title":{"rendered":"El contrato de compraventa (Parte II)"},"content":{"rendered":"<p>Como ya expusimos en el <a href=\"https:\/\/www.inurabogados.es\/en\/contrato-de-compraventa-caracteristicas\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">art\u00edculo anterior<\/a>, el Contrato de Compraventa se encuentra regulado en los arts. 1445 &#8211; 1537 del C\u00f3digo Civil. En este nueva entrada del blog de <a href=\"https:\/\/www.inurabogados.es\/en\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">INUR Abogados<\/a>\u00a0continuamos hablando de este tipo de contrato, haciendo menci\u00f3n a las gestiones previas a la compraventa y los tipos de contrato de compraventa que existen.<\/p>\n<h2>Gestiones previas a la compraventa<\/h2>\n<p>Antes de formalizar una operaci\u00f3n de compraventa inmobiliaria resulta aconsejable que comprador y vendedor realicen una serie de gestiones de comprobaci\u00f3n, entre las que destacamos las siguientes:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><strong>a) Gestiones por parte del comprador<\/strong><\/h3>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Visita e inspecci\u00f3n del inmueble<\/strong>, con objeto de verificar su estado de conservaci\u00f3n, destino actual, superficie real, posesi\u00f3n, etc.<\/li>\n<li><strong>Registro de la Propiedad.<\/strong> Solicitar nota simple para verificar la titularidad del inmueble y la existencia de cargas, grav\u00e1menes o afecciones.<\/li>\n<li><strong>Catastro.<\/strong> Solicitar al vendedor que facilite un certificado catastral para comprobar la correspondencia existente con la informaci\u00f3n obrante en el Registro de la Propiedad (titularidad, superficie, etc.).<\/li>\n<li><strong>Ayuntamiento.<\/strong> En caso de solares o parcelas no edificadas, solicitar informaci\u00f3n o c\u00e9dula urban\u00edstica, para conocer las condiciones establecidas en el planeamiento municipal correspondiente.<\/li>\n<li><strong>Gastos e Impuestos.<\/strong> Solicitar al vendedor copia de los \u00faltimos recibos de IBI. Tambi\u00e9n de los suministros (luz, agua, etc.), as\u00ed como, en su caso, de un certificado del estado de las deudas con la Comunidad de Propietarios expedido por su Administrador. Asimismo, es conveniente calcular el importe de gastos e impuestos relacionados con la operaci\u00f3n de compraventa.<\/li>\n<li><strong>Certificado de eficiencia energ\u00e9tica<\/strong>. Solicitarlo, pues resulta obligatorio entregarlo en cualquier tipo de una operaci\u00f3n de compraventa o de alquiler de viviendas, oficinas o locales.<\/li>\n<li><strong>Libro del edificio.<\/strong> Solicitarlo al vendedor si el edificio se construy\u00f3 con posterioridad a la entrada en vigor de la LOE. La obligaci\u00f3n de entrega viene establecida en el art. 16 de la LOE.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><strong>b) Gestiones por parte del vendedor<\/strong><\/h3>\n<ul>\n<li><strong>Prevenci\u00f3n Blanqueo de Capitales.<\/strong> El art. 2.1 l) de la Ley 10\/2010 identifica, entre otros, como sujetos obligados a promotores inmobiliarios y a quienes ejerzan profesionalmente actividades de agencia, comisi\u00f3n o intermediaci\u00f3n en la compraventa de bienes inmuebles. Los sujetos mencionados deben prestar especial atenci\u00f3n en la identificaci\u00f3n de posibles compradores, as\u00ed como el origen de los fondos que usaran en la compraventa, pues de lo contrario pueden incurrir en sanciones administrativas.<\/li>\n<li><strong>Impuestos y Gastos.<\/strong> Resulta aconsejable calcular gastos e impuestos derivados de la operaci\u00f3n de compraventa.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter wp-image-21919 size-full\" src=\"https:\/\/www.inurabogados.es\/wp-content\/uploads\/2020\/02\/tipos-contratos-compraventa.jpg\" alt=\"tipo de contrato de compraventa\" width=\"1098\" height=\"400\" srcset=\"https:\/\/www.inurabogados.es\/wp-content\/uploads\/2020\/02\/tipos-contratos-compraventa.jpg 1098w, https:\/\/www.inurabogados.es\/wp-content\/uploads\/2020\/02\/tipos-contratos-compraventa-300x109.jpg 300w, https:\/\/www.inurabogados.es\/wp-content\/uploads\/2020\/02\/tipos-contratos-compraventa-768x280.jpg 768w, https:\/\/www.inurabogados.es\/wp-content\/uploads\/2020\/02\/tipos-contratos-compraventa-1024x373.jpg 1024w, https:\/\/www.inurabogados.es\/wp-content\/uploads\/2020\/02\/tipos-contratos-compraventa-700x255.jpg 700w\" sizes=\"(max-width: 1098px) 100vw, 1098px\" \/><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>Contratos preparatorios de la compraventa<\/h2>\n<p>Por otro lado, las negociaciones que se producen entre las partes pueden derivar en la firma de algunos de los siguientes contratos preparatorios de la compraventa:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3>a) Contrato de arras<\/h3>\n<p>Es habitual que, previamente a la formalizaci\u00f3n de la compraventa, las partes firmen un contrato de arras, en virtud del cual el comprador anticipa al vendedor una determinada suma de dinero, bien para ratificar su celebraci\u00f3n (arras confirmatorias), bien para compensar el eventual perjuicio que ocasionar\u00eda el desistimiento de unos de los contratantes (arras penitenciales), o bien para sancionar el incumplimiento de quien impide la consumaci\u00f3n del negocio (arras penales). La Jurisprudencia se\u00f1ala que si no se especifica en el contrato el tipo de arras, y de su lectura no es posible advertir cual fue la voluntad de las partes, han de reputarse como confirmatorias.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3>b) Promesa de compraventa<\/h3>\n<p>Las negociaciones preliminares en ocasiones desembocan en un precontrato en virtud del cual las partes se comprometen a celebrar otro cuyas bases dejan definidas. El art. 1.451 del C.C. prev\u00e9 una figura precontractual con la denominaci\u00f3n de promesa de compraventa que, de ser rec\u00edprocamente aceptada y contener la conformidad de las partes en la cosa y en el precio, da derecho a las partes a reclamare el cumplimiento del contrato.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3>c) Opci\u00f3n de compra<\/h3>\n<p>Se trata de un precontrato en virtud del cual una parte concede a la otra la facultad exclusiva de decidir sobre la celebraci\u00f3n o no del contrato de compraventa, que habr\u00e1 de realizarse en un plazo cierto y en unas determinadas condiciones, pudiendo tambi\u00e9n ir acompa\u00f1ado del pago de una prima por parte del optante. El ejemplo m\u00e1s com\u00fan se produce en las opciones de compra vinculadas a contratos de arrendamiento.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Como ya expusimos en el art\u00edculo anterior, el Contrato de Compraventa se encuentra regulado en los arts. 1445 &#8211; 1537 del C\u00f3digo Civil. En este nueva entrada del blog de INUR Abogados\u00a0continuamos hablando de este tipo de contrato, haciendo menci\u00f3n a las gestiones previas a la compraventa y los tipos de contrato de compraventa que [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":21918,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[120],"tags":[147,143,149,148],"class_list":["post-21914","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-derecho-inmobiliario","tag-compraventa","tag-contrato-de-compraventa","tag-contratos-compraventa","tag-gestiones-previas-compraventa"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.inurabogados.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/21914","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.inurabogados.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.inurabogados.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.inurabogados.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.inurabogados.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=21914"}],"version-history":[{"count":10,"href":"https:\/\/www.inurabogados.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/21914\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":21926,"href":"https:\/\/www.inurabogados.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/21914\/revisions\/21926"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.inurabogados.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/21918"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.inurabogados.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=21914"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.inurabogados.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=21914"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.inurabogados.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=21914"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}